Guía Buenas Prácticas

United Academic Journals (UA Journals)

International Journal of Information Systems and Software Engineering for Big Companies (IJISEBC)

ISSN: 2387-0184

 

Guía de buenas prácticas de las publicaciones periódicas y unitarias de la editorial United Academic Journals (UA Journals)

 

La presente Guía de buenas prácticas pretende constituir un código de conducta dirigido a las partes implicadas en la gestión y difusión de los resultados científicos en las publicaciones periódicas y unitarias de ‘UA Journals’: equipos editoriales, autores y revisores de los trabajos.

 

1. Equipos Editoriales de las publicaciones periódicas y unitarias de ‘UA Journals’

 

Los Consejos de Redacción de las revistas y los Comités Editoriales de las colecciones de ‘UA Journals’ (en adelante, "Equipo Editorial"), junto con la Dirección y la Secretaría son los responsables de los contenidos publicados, por lo que deben asegurar su calidad científica, evitar las malas prácticas en la publicación de los resultados de las investigaciones y gestionar la edición de los trabajos recibidos en un tiempo razonable.

La gestión de las publicaciones unitarias de carácter científico fuera de colección corresponde a la Dirección de la Editorial ‘UA Journals’, que contará con la asistencia de expertos de las distintas comisiones de área de ‘UA Journals’ para recabar un informe previo, y en su caso, designar a los evaluadores de las propuestas, ateniéndose al procedimiento establecido en esta Guía

Dicha responsabilidad implica observar los siguientes principios:

1.1. Imparcialidad

 

El Equipo Editorial debe ser imparcial al gestionar los trabajos propuestos para su publicación y ha de respetar la independencia intelectual de los autores, a quienes se debe reconocer el derecho a réplica en caso de haber sido evaluados negativamente.

No se deben excluir los trabajos que presentan resultados negativos de una investigación.

 

1.2. Confidencialidad

 

Las personas que componen el Equipo Editorial tienen la obligación de guardar confidencialidad sobre los textos recibidos y su contenido hasta que hayan sido aceptados para su publicación. Sólo entonces se puede difundir su título y autoría.

Asimismo, ningún miembro del Equipo Editorial puede usar para sus propias investigaciones datos, argumentos o interpretaciones contenidos en trabajos inéditos, salvo consentimiento expreso por escrito de quienes los hayan realizado.

 

1.3. Revisión de los trabajos

 

El Equipo Editorial ha de asegurar que los trabajos de investigación publicados han sido evaluados por, al menos, dos especialistas en la materia, y que dicho proceso de revisión ha sido justo e imparcial.

Debe hacerse público el método empleado en la revisión por pares que mejor se adapte a la comunidad científica a la que se dirige la revista o colección: procedimiento de doble ciego (anonimato de quienes han realizado el trabajo y la evaluación), ciego (anonimato de quien realiza la evaluación) o abierto (sin anonimato). Cuando una de las dos evaluaciones sea negativa, se solicitará un tercer informe.

El Equipo Editorial debe sopesar el rechazo de un autor o autora a ser evaluado por determinados especialistas (en caso de que la evaluación no sea anónima), si los motivos alegados se consideran razonables. El Equipo Editorial no tiene la obligación de prescindir de tales especialistas si considera que sus opiniones son fundamentales para la correcta evaluación del trabajo.

Las personas que sometan un trabajo a evaluación podrán proponer los nombres de hasta tres especialistas para dicha tarea. El Equipo Editorial se reserva la decisión de aceptar o no esta propuesta, sin que esté obligado a comunicar dicha decisión.

El Equipo Editorial debe asegurarse de la originalidad y el carácter inédito de las obras recibidas, y ha de garantizar que en el proceso de evaluación se vigilen igualmente esos aspectos y se detecten el plagio, el autoplagio y publicación redundante o duplicada, entendidos como la copia total, parcial o alterada de un trabajo publicado por el mismo autor para hacerlo parecer diferente, así como los datos falsificados o manipulados. Además, se han de indicar claramente los contenidos que están sujetos a revisión por pares.

El Equipo Editorial debe valorar y agradecer la contribución de quienes hayan colaborado en las evaluaciones de los trabajos remitidos a la revista o colección. Asimismo, ha de promover que las autoridades académicas reconozcan las actividades de revisión por pares como parte del proceso científico y debe prescindir de quienes realizan evaluaciones de baja calidad, incorrectas, irrespetuosas o entregadas fuera de los plazos establecidos.

 

1.4. Aceptación o rechazo de manuscritos

 

La responsabilidad de aceptar o rechazar un trabajo para su publicación recae en el Equipo Editorial, que se deberá basar en los informes recibidos. Estos informes deberán razonar su dictamen sobre la calidad de los trabajos en su relevancia, originalidad y claridad de exposición.

El Equipo Editorial puede rechazar directamente los trabajos recibidos, sin recurrir a un proceso de consulta externa, si los considera inapropiados por carecer del exigible nivel de calidad, por falta de adecuación a los objetivos científicos de la revista o colección, o por presentar evidencias de fraude científico.

 

1.5. Desautorización de artículos publicados en revistas y noticia de irregularidad

 

El Equipo Editorial se reserva el derecho de desautorizar aquellos artículos ya publicados cuya falta de fiabilidad se determine posteriormente como resultado tanto de errores involuntarios como de fraudes o malas prácticas científicas: fabricación, manipulación o copia de datos, plagio y autoplagio de textos y publicación redundante o duplicada, omisión de referencias a las fuentes consultadas, utilización de contenidos sin permiso o sin justificación, etc. El objetivo que guía la desautorización es corregir la producción científica ya publicada, asegurando su integridad.

El conflicto de duplicidad, causado por la publicación simultánea de un artículo en dos revistas, ha de resolverse determinando la fecha de recepción del trabajo en cada una de ellas. 

Si solo una parte del artículo contiene algún error, este se puede rectificar posteriormente por medio de una nota editorial o una fe de erratas.

En caso de conflicto, la revista solicitará al autor o autores las explicaciones y pruebas pertinentes para aclararlo, y tomará una decisión final basada en éstas.

La revista publicará obligatoriamente, en sus versiones impresa y electrónica, la noticia sobre la desautorización de un determinado texto y en ella se deben mencionar las razones para tal medida, a fin de distinguir la mala práctica del error involuntario. Asimismo la revista notificará la desautorización a los responsables de la institución a la que pertenezca el autor o autores del artículo. La decisión de desautorizar un texto debe adoptarse lo antes posible, con el objeto de que dicho trabajo erróneo no sea citado en su campo de investigación.

Los artículos desautorizados se conservarán en la edición electrónica de las revistas, advirtiendo de forma clara e inequívoca de que se trata de un artículo desautorizado, para distinguirlo de otras correcciones o comentarios. En la edición impresa se hará constar la desautorización con la mayor brevedad por medio de un editorial o una comunicación, en los mismos términos en que se haya hecho en la versión electrónica.

Como paso previo a la desautorización definitiva de un artículo, la revista podrá emitir una noticia de irregularidad, aportando la información necesaria en los mismos términos que en el caso de una desautorización. La noticia de irregularidad se mantendrá el tiempo mínimo necesario, y concluirá con su retirada o con la desautorización formal del artículo.

 

1.6. Desautorización de monografías publicadas y noticia de irregularidad

 

Los motivos y el procedimiento de desautorización de una monografía serán los mismos que los descritos en los párrafos primero a cuarto del apartado 1.5.

La Editorial ‘UA Journals’ procederá a emitir las notificaciones y los comunicados pertinentes, reservándose el derecho a ejercer las acciones legales que le correspondan y a retirar el título de su catálogo oficial.

 

1.7. Aplicación de la Norma Reguladora de las Publicaciones de ‘UA Journals’

 

La persona que desempeña la Dirección de la revista o colección es responsable de que se aplique correctamente la Norma que regula el funcionamiento del Equipo Editorial y ha de garantizar que sus miembros la conocen. Estas funciones son: promocionar y representar a la revista o colección en los distintos foros; sugerir y apoyar posibles mejoras; recabar las colaboraciones de especialistas de referencia en la materia; revisar, en una primera evaluación, los trabajos que se reciben; escribir editoriales, revisiones, comentarios, noticias, recensiones, etc.; asistir a las reuniones del Equipo Editorial.

 

1.8. Normas de Autor

 

Las normas de presentación de originales de cada revista o colección (referentes a las características de la obra, el formato y resolución de las imágenes, el sistema para las referencias bibliográficas, etc.) deberán ser públicas.

 

 

 

 

1.9. Conflicto de intereses

 

El conflicto de intereses surge cuando un trabajo recibido en la revista o colección está firmado, entre otras posibles situaciones, por una persona que forma parte del Equipo Editorial, por quien tiene relación personal o profesional directa, o por quien está estrechamente relacionado con la investigación pasada o presente de quien lo integre. En concreto, los miembros del Equipo Editorial deberán abstenerse en la gestión de un original cuando incurran en alguna de estas o similares situaciones:

 

·      tener relación de parentesco,

·      presentar amistad o enemistad manifiesta,

·      formar parte del mismo grupo de investigación,

·      participar o haber participado en la dirección o codirección de una tesis doctoral en los últimos 10 años,

·      haber defendido una tesis doctoral bajo la dirección o codirección del autor o autores en los últimos 10 años,

·      colaborar o haber colaborado en publicaciones o patentes en los últimos 5 años,

·      colaborar en otras actividades económicas o científico-tecnológicas,

·      tener relación contractual o compartir fondos o proyectos de investigación nacionales o internacionales, de entidades públicas o privadas, o de cualquier otra naturaleza, en los últimos 3 años.

 

El Equipo Editorial se abstendrá igualmente de seleccionar evaluadores que se hallen o puedan hallarse afectados por alguna de esas situaciones. Cuando la evaluación se efectúa por el método ciego, manteniendo únicamente el anonimato del evaluador, el Equipo Editorial incluirá los motivos de abstención en el formulario de evaluación, de forma que el evaluador tenga la oportunidad de conocerlos y, en su caso, abstenerse.

 

2. Autoría de los artículos de revistas y monografías de ‘UA Journals’

 

Los autores de los textos enviados para su publicación en las revistas o colecciones de ‘UA Journals’ son los primeros responsables de su contenido, y por ello están obligados a aplicar una norma ética destinada a asegurar su originalidad y debida atribución de autoría, entre otros aspectos.

El comportamiento inadecuado podrá dar lugar a la desautorización de contenidos publicados, según se establece en los apartados 1.5 y 1.6 de esta guía.

Además de su valoración ética, una conducta impropia puede dar lugar a la vulneración de derechos propios o de terceros, por lo cual la Editorial ‘UA Journals’ se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que le correspondan.

 

2.1. Normas de publicación

 

Los textos presentados para su publicación han de ser el fruto de una investigación original e inédita. Han de incluir los datos obtenidos y utilizados, así como una discusión objetiva de sus resultados. Se ha de aportar la información suficiente para que cualquier especialista pueda reproducir las investigaciones realizadas y confirmar o refutar las interpretaciones defendidas en el trabajo.

Los autores deberán mencionar adecuadamente la procedencia de las ideas o frases literales tomadas de otros trabajos ya publicados de la forma que se indique en la normativa de la revista o colección.

Cuando se incluyan imágenes como parte de la investigación, se deberá explicar convenientemente cómo se crearon u obtuvieron, siempre y cuando resulte necesario para su comprensión. En caso de reproducir total o parcialmente material gráfico (figuras, fotos, mapas, etc.) previamente publicado, se citará su procedencia, aportando los permisos de reproducción pertinentes si fuera necesario.

Se debe evitar la fragmentación innecesaria de los artículos de revista. Si se trata de un trabajo muy extenso, se puede publicar en varias partes, de manera que cada una desarrolle un aspecto determinado del estudio general. Se deben publicar en la misma revista los diferentes trabajos relacionados para facilitar su interpretación por parte de los lectores.

 

2.2. Originalidad y plagio

 

Los autores deben asegurar que los datos y resultados expuestos en el trabajo son originales y no han sido copiados, inventados, distorsionados o manipulados.

El plagio en todas sus formas, el autoplagio, la publicación múltiple o redundante, así como la invención o manipulación de datos constituyen faltas graves de ética y se consideran fraudes científicos.

Los autores no enviarán a una revista o colección‘UA Journals’originales que previamente estén sometidos a consideración por otro editor, ni enviarán ese original a otro editor en tanto no reciba notificación de su rechazo o lo retire voluntariamente. Sin embargo, es admisible publicar un trabajo que amplíe otro ya aparecido como nota breve, comunicación o resumen en las actas de un congreso, siempre que se cite adecuadamente el texto sobre el que se basa y que las modificaciones supongan una modificación sustancial de lo ya publicado.

También son aceptables las publicaciones secundarias si se dirigen a lectores totalmente diferentes; por ejemplo, si la obra se publica en diferentes idiomas o si hay una versión para especialistas frente a otra dirigida al público en general. Se deberán especificar estas circunstancias y se citará apropiadamente la publicación original.

 

2.3. Autoría del trabajo

 

En el caso de autoría múltiple, quien figure como responsable de la obra debe garantizar el reconocimiento de quienes hayan contribuido significativamente en la concepción, planificación, diseño, ejecución, obtención de datos, interpretación y discusión de los resultados del trabajo; en todo caso todas las personas que lo firman comparten la responsabilidad del trabajo presentado. Asimismo, quien actúa como responsable y persona de contacto debe asegurar que quienes lo firman han revisado y aprobado la versión final del trabajo y dan su visto bueno para su posible publicación.

La persona responsable de la obra debe asegurar que no se ha omitido ninguna de las firmas responsables del trabajo, ni añadido otras que no lo sean, y que satisface así los mencionados criterios de coautoría, evitando la autoría ficticia o regalada,que constituye una mala práctica científica.

Asimismo, debe reconocerse de forma apropiada, a modo de agradecimiento, la contribución de otras personas que no figuren como firmantes ni sean responsables de la versión final del trabajo.

Si el Equipo Editorial lo considera necesario o los firmantes del la obra lo solicitan, en la versión publicada se describirá de forma escueta la aportación individual de cada integrante del grupo firmante al trabajo colectivo.

 

2.4. Fuentes de información y financiación

 

En el texto del trabajo se deberán reconocer las publicaciones que hayan influido en la investigación, por lo que se debe identificar y citar en la bibliografía las fuentes originales en las que se basa la información contenida en su trabajo. No obstante, no se han de incluir citas irrelevantes o referidas a ejemplos parecidos, y no se ha de abusar de las menciones a investigaciones ya asentadas en el corpus del conocimiento científico.

Los autores no deben utilizar la información obtenida privadamente a través de conversaciones, correspondencia o a partir de algún debate con colegas en la materia, a no ser que cuente con permiso explícito, por escrito, de su fuente de información y dicha información se haya recibido en un contexto de asesoramiento científico.

En la publicación se indicarán obligatoriamente, de forma clara y concisa, todas las fuentes de financiación concedidas para el estudio, mencionando la entidad privada o pública responsable de dicha financiación, y el código identificativo de esa financiación, cuando exista. Esta información figurará en la obra publicada.

 

2.5. Errores significativos en trabajos publicados

 

Cuando un autor o autora descubre un error grave en su trabajo tiene la obligación de comunicarlo a los responsables de la revista o colección lo antes posible, para modificar su obra, retirarla, retractarse o publicar una corrección o fe de erratas.

Si el posible error es detectado por cualquiera de los miembros del Equipo Editorial, los autores están obligados a demostrar que su trabajo es correcto.

El proceso de resolución de estos conflictos se describe en los apartados 1.5 y 1.6.

 

2.6. Conflicto de intereses

 

Cuando exista cualquier vínculo comercial, financiero o personal que pueda afectar a los resultados y las conclusiones de su trabajo, el texto de la obra se deberá acompañar de una declaración en la que consten estas circunstancias, que figurarán en la versión publicada de la obra.

 

3. La evaluación de artículos de revistas científicas y monografías

 

Las personas que participan en la evaluación desempeñan un papel esencial en el proceso que garantiza la calidad de la publicación. Asisten a los Equipos Editoriales de revistas y colecciones en la toma de las decisiones editoriales, ayudan a la mejora de las obras publicadas, y aportan una garantía de acreditación científica.

 

3.1. Confidencialidad

 

Quien realice una evaluación debe considerar el trabajo que ha de revisar como un documento confidencial hasta su publicación, tanto en el transcurso del proceso de revisión como después de este.

En ningún caso debe difundir ni usar la información, detalles, argumentos o interpretaciones contenidos en el texto objeto de revisión para su propio beneficio o el de otras personas, ni para perjudicar a terceros. Únicamente en casos especiales puede recabar el asesoramiento de otros especialistas en la materia, circunstancia de la que debe informar a la Dirección de la revista o colección.

 

3.2. Objetividad

 

Quien realice una evaluación debe juzgar objetivamente la calidad del trabajo completo, es decir, incluyendo la información sobre la que se fundamenta la hipótesis de trabajo, los datos teóricos y experimentales y su interpretación, sin descuidar la presentación y redacción del texto.

Asimismo, debe concretar sus críticas, y ser objetivo y constructivo en sus comentarios. Ha de argumentar adecuadamente sus juicios, sin adoptar posturas hostiles y respetando la independencia intelectual de quien haya elaborado el trabajo.

Quien realice una evaluación debe advertir a quien se la haya encargado de cualquier similitud relevante entre el trabajo sometido a evaluación y otra obra publicada o en proceso de evaluación en otra publicación de la que tenga conocimiento. Igualmente, ha de llamar la atención sobre textos o datos plagiados de otros o del mismo autor o autores de la obra evaluada, o sobre la sospecha o certeza fundada de que son falsificados, inventados o manipulados.

 

3.3. Prontitud de respuesta

 

Quien realice una evaluación debe actuar con celeridad y ha de entregar su informe en el tiempo acordado, por lo que notificará a la Dirección de la revista o colección los posibles retrasos.

Si quien realice una evaluación no se considera capaz de juzgar el trabajo encargado, o estima que no puede cumplir su tarea en el plazo acordado, deberá comunicarlo lo antes posible a la Dirección de la revista o colección.

 

3.4. Reconocimiento de las fuentes de información

 

Quien realice una evaluación debe comprobar que se citan los trabajos relevantes ya publicados sobre el tema. Con ese objetivo revisará la bibliografía recogida en el texto, sugiriendo la eliminación de referencias superfluas o redundantes, o la incorporación de otras no citadas.

 

3.5. Conflicto de intereses

 

Quien realice una evaluación debe rechazar la revisión de un trabajo cuando sospeche o conozca que se halla incluido en alguna de las situaciones que puedan afectar a su juicio sobre dicho trabajo, descritas en el apartado 1.9 de esta guía.

Pueden surgir igualmente conflictos de interés cuando el trabajo por evaluar está estrechamente relacionado con el que el evaluador está desarrollando en ese momento o con el que ya ha publicado. En estos casos, ante la duda, debe renunciar a la tarea encomendada y devolver el trabajo al Equipo Editorial, señalando los motivos para tal decisión.

 

 

Fuentes consultadas:

 

·       Best Practices for Peer Review. Association of American University Presses (AAUP), 2016.

·       Código de buenas prácticas científicas del CSICCSIC, Madrid, 2010.

·       Código de buenas prácticas científicas del CSIC. Anexo I: la responsabilidad de los autores en publicaciones multidisciplinares. CSIC, Madrid, 2010.

·       Declaración Nacional sobre Integridad Científica. COCE, CRUE, CSIC, Madrid, 2015.

·       DirectricesEuropean Association of Science Editors(EASE)

·       Guidelines. Committee on Publication Ethics (COPE).

·       Manual de Conflictos de Intereses del CSIC. CSIC, Madrid, 2015.

·      Norma Reguladora de las Publicaciones del CSIC. CSIC, Madrid, 2012.